En cristiano: Verifactu es cómo Hacienda va a querer que se emitan las facturas. Todavía no es obligatorio — 2026 es periodo de pruebas — pero llega en 2027. Foxta ya está conectado por API: cuando te toque, no tendrás que hacer nada ni contratar nada aparte.
La Ley Antifraude obliga a que el software de facturación genere registros inalterables y trazables de cada factura. Foxta lo hace por ti: emites como siempre y cada factura queda encadenada y a prueba de manipulación.
Verifactu es la modalidad del Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación (RRSIF), que desarrolla la Ley Antifraude. Obliga a que cualquier programa que emita facturas garantice la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. En la modalidad Veri*Factu, además, cada registro se remite automáticamente a la Agencia Tributaria.
Cada factura genera un registro de alta que no se puede modificar ni borrar sin dejar rastro.
Los registros se enlazan con una huella criptográfica: cada uno referencia al anterior, formando una cadena verificable.
El sistema guarda un registro de todos los eventos, de modo que cualquier acción queda auditada.
En modalidad Veri*Factu, los registros se envían a Hacienda de forma automática y segura.
En 2026 Verifactu no es obligatorio para nadie. Es un periodo de pruebas. Si alguien te está metiendo prisa para que cambies de software «porque ya es obligatorio», te está vendiendo con miedo.
Lo que sí importa es que el día que sí lo sea, tu programa esté listo. Foxta ya está integrado con la API de Verifactu y probado contra el entorno de la Agencia Tributaria. El día que te toque, se activa y sigues cobrando exactamente igual: sin migrar, sin certificados que entender, sin contratar un servicio aparte. Va dentro de tu cuota.
El Real Decreto-ley 15/2025 amplió el calendario de adaptación. Estas son las fechas límite vigentes:
Las entidades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades deben tener sus sistemas de facturación adaptados al RRSIF antes de esta fecha.
El resto de obligados tributarios —incluidos los autónomos— deben estar adaptados antes de esta fecha.
Adaptarte con tiempo evita prisas de última hora. Si emites con Foxta, ya trabajas con un sistema pensado para estos requisitos.
No tienes que cambiar tu forma de facturar. Foxta aplica los requisitos por debajo, de forma transparente.
Cada factura que emites genera su registro conforme al reglamento, sin pasos extra para ti.
Los registros se encadenan con huella criptográfica para garantizar que no se han alterado.
Cada acción sobre una factura queda registrada, con su historial de eventos completo.
Foxta emitirá en el formato con los campos que exige la normativa española, con su código QR verificable en la sede de la AEAT.
Al ser software en la nube, las actualizaciones normativas llegan solas: siempre al día.
Emites, cobras y envías como siempre. El cumplimiento ocurre por detrás.
No exactamente. Verifactu (RRSIF) regula cómo debe comportarse el software que emite facturas para garantizar su integridad. La factura electrónica obligatoria entre empresas (Ley Crea y Crece) es una normativa distinta, con su propio calendario. Foxta trabaja para acompañarte en ambas.
Sí. Los autónomos, como resto de obligados tributarios, deben tener sus sistemas adaptados antes del 1 de julio de 2027 según los plazos vigentes.
No. En la modalidad Veri*Factu es el propio software el que remite los registros de forma automática. Tú solo emites tus facturas con normalidad.
Puedes migrar a Foxta y seguir facturando con un sistema pensado para el reglamento. Si tienes dudas sobre tu caso concreto, consulta con tu asesor o con una gestoría partner.
Son los vigentes tras el Real Decreto-ley 15/2025. La normativa ha cambiado de fechas en el pasado, así que conviene confirmar el calendario actual en la sede de la Agencia Tributaria.
Empieza gratis y emite facturas listas para la Ley Antifraude desde hoy.
Probar Foxta gratisEsta página tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal ni fiscal. Los plazos y requisitos pueden actualizarse; confirma siempre la información vigente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria o con tu asesor.
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